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En el ámbito de la responsabilidad médica, uno de los aspectos más críticos es la prescripción de las acciones indemnizatorias, especialmente cuando los pacientes no reciben información crucial sobre su estado de salud a tiempo. Este artículo analiza un caso relevante tramitado en Chile, que involucra a una paciente que desconoció los resultados de una biopsia durante varios años, y explora las implicancias legales de la falta de información médica oportuna.
El caso analizado se centra en una demanda de indemnización de perjuicios presentada por Mabel Rodríguez Escobar contra el Hospital Clínico de la Universidad de Chile. La demandante alegó negligencia por parte del establecimiento de salud al no informarle oportunamente los resultados de una biopsia realizada en 2006, cuyos hallazgos indicaban la presencia de un carcinoma de glándula suprarrenal. Sin embargo, la paciente no tuvo conocimiento de este diagnóstico hasta 2012, cuando se realizó una segunda operación en otro recinto médico.
El punto central del litigio fue determinar desde cuándo debe contarse el plazo de prescripción de la acción indemnizatoria. La sentencia inicial consideró que el plazo debía computarse desde la fecha del informe de la biopsia en 2006, argumentando que la paciente sabía de la realización del examen, aunque no de sus resultados. La demandante, por su parte, sostuvo que la prescripción debía contarse desde 2012, cuando tuvo conocimiento del daño al recibir el resultado del examen.
El tribunal analizó si existía una obligación legal de parte del hospital de notificar a la paciente sobre los resultados de la biopsia. La sentencia concluyó que, aunque el hospital tenía el deber de entregar el resultado si era solicitado, no estaba obligado a notificarlo proactivamente a menos que la paciente lo requiriera explícitamente.
La demanda fue rechazada en primera instancia y confirmada por la Corte de Apelaciones. La demandante presentó un recurso de casación en el fondo, argumentando errores en la interpretación de la normativa vigente y la falta de fundamentación adecuada en la sentencia.
Este caso destaca la importancia de la claridad en las obligaciones de los prestadores de servicios médicos respecto a la comunicación de resultados críticos. Si bien las normas vigentes en 2006 no exigían la notificación proactiva de resultados de exámenes graves, el caso plantea interrogantes sobre la buena fe contractual y el deber de información que podrían afectar la relación entre pacientes y prestadores.
La Corte Suprema, al revisar la causa, identificó fallas en la fundamentación de las sentencias previas, señalando la falta de análisis de las pruebas presentadas y cuestionando la lógica detrás de la aplicación de la prescripción extintiva. Esta decisión resalta la necesidad de que los tribunales aborden de manera exhaustiva y motivada los hechos y las normativas aplicables en los juicios por responsabilidad médica.
El manejo de la prescripción en casos de responsabilidad médica es complejo y depende de la interpretación correcta de cuándo el paciente toma conocimiento efectivo del daño. Este caso resalta la importancia de una correcta fundamentación en las decisiones judiciales y la necesidad de una regulación clara sobre las obligaciones de información por parte de los profesionales de la salud.
Este análisis jurídico ofrece lecciones valiosas tanto para los profesionales del derecho como para los médicos, destacando la importancia del cumplimiento del deber de información y los desafíos legales que surgen en la relación médico-paciente.
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