Preguntas frecuentes sobre el alzamiento de hipotecas en Chile
❓ ¿Qué es el alzamiento de hipoteca?
Es el proceso legal por el cual se cancela la inscripción de una hipoteca en el Conservador de Bienes Raíces, dejando la propiedad libre de gravámenes una vez que la deuda ha sido pagada.
❓ ¿Quién debe pagar el trámite de alzamiento?
Gracias a la Ley N° 20.855, son los bancos e instituciones financieras quienes deben asumir todos los costos y gestiones del alzamiento, no el deudor.
❓ ¿Cuánto tiempo tiene el banco para hacer el alzamiento?
- Para hipotecas específicas: 45 días para inscribir el alzamiento y 30 días adicionales para notificar al deudor.
- Para hipotecas generales: el banco debe notificar en 20 días y el deudor debe solicitar expresamente el alzamiento.
❓ ¿Qué pasa si el banco no cumple con la ley?
El deudor puede reclamar directamente al banco, presentar un reclamo en el SERNAC, o incluso denunciar en el Juzgado de Policía Local, donde la institución puede ser sancionada con multas de hasta 50 UTM.
❓ ¿Cómo se hace el alzamiento si el banco ya no existe?
El trámite se gestiona ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). En este caso, el deudor asume los costos notariales y del Conservador de Bienes Raíces.
❓ ¿Qué pasa con las propiedades compradas con subsidio SERVIU?
Deben esperar el plazo de cinco años de prohibición de enajenar. Cumplido este período, el SERVIU emite la escritura de cancelación, que luego se inscribe en el Conservador.
❓ Qué beneficios trae la Ley N° 20.855 para los deudores?
El principal beneficio es el ahorro de tiempo y dinero, cercano a $55.000 CLP por crédito hipotecario, además de mayor seguridad jurídica al disponer de la propiedad libre de cargas.