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Cobro de pensiones de alimentos en Chile con cargo a fondos de la AFP


 

En Chile, el pago de pensiones de alimentos ha sido una de las materias más conflictivas dentro del derecho de familia. La obligación alimentaria es imprescriptible e irrenunciable, pues su finalidad es asegurar la subsistencia, el desarrollo integral y el interés superior de los niños, niñas y adolescentes.

 

Sin embargo, por años el cobro de esta deuda fue un proceso lento e ineficaz. Muchos deudores se mantenían en la informalidad o simplemente no cumplían, generando lo que se ha denominado una verdadera violencia económica hacia los hijos y quienes ejercen su cuidado.

 

Frente a esta realidad, el Estado impulsó dos leyes fundamentales:

 

  • Ley 21.389, que creó el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
  • Ley 21.484, conocida como la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos, que habilita el cobro desde los fondos de la AFP.

¿Cómo funciona el procedimiento de cobro?

 

El cobro desde la AFP no es inmediato, sino que sigue una vía progresiva y jerárquica.

 

  1. Liquidación de la deuda: El tribunal de familia debe calcular oficialmente el monto adeudado, trámite que hoy se puede hacer en línea a través de Trámite Fácil del Poder Judicial.

 

  1. Retención de activos líquidos: Antes de llegar a la AFP, la ley obliga a revisar si el deudor tiene dinero en:
    • Cuentas bancarias.
    • Instrumentos financieros.
    • Ahorro previsional voluntario.

 

  1. Cobro desde la AFP: Solo si no hay fondos suficientes y se deben al menos tres mensualidades continuas o cinco discontinuas, el tribunal puede ordenar a la AFP la retención y pago de la deuda directamente desde la cuenta de capitalización individual del deudor.

Límites y excepciones en el cobro de fondos AFP

 

La ley fijó topes máximos de retención, según la edad del deudor y su cercanía a la jubilación:

 

  • Más de 30 años para jubilar: hasta un 90% de los fondos.
  • Entre 15 y 30 años: hasta un 80%.
  • Menos de 15 años: hasta un 50%.

 

No obstante, si el deudor ya se encuentra pensionado, esta medida no aplica. Además, si existen múltiples hijos beneficiarios, el tribunal debe prorratear lo obtenido entre todos.


Medidas de presión adicionales

 

El cobro desde la AFP se complementa con otras herramientas legales que buscan forzar el cumplimiento de la obligación:

 

  • Registro Nacional de Deudores: impide renovar pasaporte o licencia de conducir, limita el acceso a créditos, retiene devoluciones de impuestos y restringe la compraventa de bienes.
  • Arresto y arraigo: el tribunal puede ordenar arresto nocturno, completo o prohibir la salida del país del deudor.
  • Suspensión de la licencia de conducir.
  • Responsabilidad de terceros: en ciertos casos, los abuelos o incluso el empleador pueden ser obligados solidariamente a cubrir la deuda.

Reflexiones y desafíos

 

La Ley 21.484 representa un avance decisivo para combatir la evasión del pago de pensiones de alimentos. Sin embargo, también plantea críticas:

 

  • Puede afectar la futura pensión del deudor, especialmente en personas jóvenes a quienes se les permite retener hasta un 90% de sus ahorros.
  • Su efectividad depende de que el deudor tenga fondos en la AFP, lo que no siempre ocurre en un país con altos índices de informalidad laboral.

 

En conclusión, el sistema es una herramienta poderosa pero no infalible. Para lograr un pago efectivo, se recomienda seguir el procedimiento de forma completa, solicitar la inscripción en el Registro de Deudores y aplicar simultáneamente todas las medidas de apremio que la ley permite.


Conclusión

 

El cobro de pensiones de alimentos desde los fondos de la AFP es una medida extraordinaria, destinada a garantizar el derecho de los hijos a recibir lo que por ley les corresponde. Si bien no es una solución mágica ni universal, fortalece la posición del alimentario y marca un hito en la lucha contra la violencia económica en Chile.

 

Contar con la asesoría de un abogado especialista en derecho de familia es clave para asegurar que el procedimiento se realice de manera eficaz y sin omitir ninguna de las herramientas legales disponibles.

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