En Abogados Prolege.cl, sabemos que mantenerse informado es clave para tomar decisiones legales acertadas. Por eso, hemos creado este espacio donde compartimos artículos, noticias y consejos prácticos sobre las áreas del derecho que más te importan. Nuestro objetivo es acercarte al mundo legal de manera clara y sencilla.
Ley N° 21.756: Inhabilidad para acceder a programas financiados por la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo para deudores de pensiones alimenticias
Introducción a la Ley N° 21.756
La Ley N° 21.756, publicada en Chile, introduce una modificación a la Ley N° 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, agregando un nuevo artículo 35 bis que tiene como finalidad reforzar las sanciones hacia quienes se encuentran inscritos en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
Esta nueva normativa establece que aquellas personas que sean deudoras de pensiones alimenticias no podrán postular ni resultar adjudicatarias de programas ni instrumentos financiados por la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID), lo que implica una medida de presión significativa para cumplir con las obligaciones alimenticias.
Contenido del nuevo artículo 35 bis
El texto legal señala que:
En otras palabras, se establece una doble barrera: tanto al inicio del proceso de postulación como al momento de la adjudicación final.
Finalidad de la reforma
El objetivo de esta reforma es claro: incentivar el pago de pensiones alimenticiasmediante la restricción de beneficios públicos altamente valorados en el ámbito académico y científico.
De esta manera, el legislador busca que quienes se encuentran en incumplimiento de sus deberes familiares no puedan acceder a fondos estatales destinados a la investigación y el desarrollo, castigando directamente su situación de morosidad.
Impacto en la comunidad académica y científica
Uno de los efectos más relevantes de esta modificación es que afecta a un sector muy específico: investigadores, académicos y profesionales que postulan a proyectos financiados por la ANID.
Esto significa que un científico, académico o profesional con deudas alimenticias no regularizadas quedará automáticamente inhabilitado para obtener financiamiento estatal para sus proyectos, lo que puede impactar directamente en su carrera y en la ejecución de investigaciones relevantes.
Perspectiva jurídica
Desde una mirada jurídica, esta norma se enmarca dentro de un endurecimiento progresivo de las sanciones a los deudores de pensiones alimenticias, una tendencia que ya se observa en otras leyes recientes, como la imposibilidad de obtener licencias de conducir, pasaportes o participar en ciertos procesos públicos si se mantiene una deuda.
Se trata de una expresión del principio de protección preferente del interés superior del niño, que ha motivado al legislador chileno a dictar normas de carácter coercitivo para mejorar los niveles de cumplimiento en materia de alimentos.
Conclusión
La Ley N° 21.756 es un paso más dentro de la política pública orientada a combatir la morosidad en el pago de pensiones de alimentos en Chile. Al vincular el incumplimiento con la imposibilidad de acceder a fondos públicos de investigación y desarrollo, se busca generar un incentivo adicional para que los deudores regularicen sus obligaciones, fortaleciendo la eficacia del sistema de pensiones alimenticias.
Esta reforma demuestra que el Estado chileno está dispuesto a limitar derechos y beneficios en otros ámbitos como mecanismo de presión para garantizar el cumplimiento de las obligaciones alimenticias, priorizando el bienestar de los niños, niñas y adolescentes por sobre los intereses de los deudores.
¿Necesitas asesoría?
Agenda tu
Todos los derechos reservados © 2025 prolege.cl