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En Chile existe un beneficio especial en materia de impuesto territorial, destinado a aliviar la carga económica de los adultos mayores de menores ingresos. Se trata de la rebaja de contribuciones de bienes raíces, que actualmente contempla exenciones totales o parciales dependiendo del nivel de ingresos del contribuyente. A continuación, explicamos en detalle quiénes pueden acceder, cuáles son los requisitos y cómo se aplica este beneficio.

 

Los beneficiarios son mujeres de 60 años o más y hombres de 65 años o más, siempre que sean contribuyentes del impuesto territorial por bienes raíces habitacionales. Además, deben cumplir con el requisito de ingresos: el beneficio se otorga a quienes no superen determinados tramos anuales expresados en Unidades Tributarias Anuales (UTA). En este sentido, quienes tienen ingresos de hasta 13,5 UTA reciben una exención total del impuesto territorial, mientras que quienes perciben hasta 30 UTA anuales acceden a una rebaja del 50 %. Para dimensionar estas cifras, 13,5 UTA equivalen aproximadamente a $10,6 millones al año (unos $880.000 mensuales), mientras que 30 UTA equivalen a cerca de $23,6 millones anuales (casi $2 millones mensuales).

Otro requisito relevante está relacionado con el avalúo fiscal del inmueble. Para acceder al beneficio, el avalúo fiscal de la propiedad destinada a habitación no puede superar los $215.857.004 (valor vigente al 1 de julio de 2024). En caso de que el adulto mayor sea propietario de más de un inmueble, la suma de los avalúos fiscales de todas sus propiedades no debe exceder los $288.371.466. Cabe destacar que estos montos se actualizan semestralmente.

 

En cuanto a la titularidad, la propiedad debe estar inscrita en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces a nombre del adulto mayor solicitante. También se acepta si la propiedad está en copropiedad con el cónyuge, conviviente civil o con los hijos en caso de que el inmueble haya pertenecido al cónyuge fallecido. Sin embargo, es indispensable que el uso del inmueble sea habitacional, quedando expresamente excluidos los bienes raíces destinados a otros fines, como bodegas o locales comerciales.

 

Si la persona tiene más de un inmueble, el beneficio se aplicará únicamente sobre la propiedad de mayor avalúo que cumpla con los requisitos. En el caso de cónyuges copropietarios, se deben sumar los avalúos fiscales de todos los inmuebles que posean en conjunto y por separado, y cada uno de ellos debe cumplir con los requisitos de ingresos. Si solo uno cumple con el límite de ingresos, se le otorgará proporcionalmente la rebaja.

 

El Servicio de Impuestos Internos es el organismo encargado de evaluar y proponer la rebaja. En caso de cumplir con los requisitos, el SII notificará mediante carta certificada enviada al domicilio registrado del contribuyente. Esto significa que no es necesario realizar una solicitud activa para acceder al beneficio, ya que la aplicación es automática siempre que los antecedentes del contribuyente estén actualizados.

 

Este beneficio es una herramienta importante de protección social que busca apoyar a los adultos mayores que destinan una parte significativa de sus ingresos al pago de contribuciones, garantizando que esta carga se ajuste a sus posibilidades reales.

 

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